Gregorio Cámara Villar. Coordinador del Grupo. Carmen Calvo Poyato Profesora Titular de Derecho Constitucional. Universidad de Córdoba.
El Estado Autonómico ha sido sin ninguna duda una respuesta muy eficaz a uno de los mayores problemas de naturaleza constituyente con el que tuvo que enfrentarse la sociedad española tras la muerte del general Franco. Ha sido el Estado más legítimo y más eficaz de toda nuestra historia. A través del ejercicio del derecho a la autonomía por las "nacionalidades y regiones" (art. 2 CE) se ha hecho real y efectiva la definición de España como un Estado social y democrático de Derecho. O dicho de otra manera: España se ha constituido como un Estado social y democrático de Derecho a través del ejercicio del derecho a la autonomía.
Pero el Estado Autonómico no es un Estado Federal. Y no por un problema de ingeniería constitucional, porque el Senado no sea una Cámara territorial o por cualquier otro defecto de tipo técnico, sino por un problema de legitimidad. El Estado Autonómico carece de legitimidad federal. No es el resultado de un pacto constitucional en el que se defina la posición del Estado y la de cada una de las nacionalidades y regiones que se integran en el mismo, sino que es el resultado de una de las posibles interpretaciones del pacto constitucional.
Coautores del Estudio
Miguel Azpitarte Sánchez. Profesor Titular de Derecho Constitucional. Universidad de Granada. Ha coordinado los trabajos de la Comisión 4, que ha elaborado el apartado 4.
María Luisa Balaguer Callejón. Catedrática de Derecho Constitucional. Universidad de Málaga.
Manuel Carrasco Durán. Profesor Titular de Derecho Constitucional. Universidad de Sevilla.
Manuel Chaves González. Fue Prf. Titular de Derecho del Trabajo. Ex Presidente de la Junta de Andalucía. Ex Presidente del PSOE.
Esperanza Gómez Corona . Profesora Titular de Derecho Constitucional. Universidad de Sevilla.
Manuel Medina Guerrero . Catedrático de Derecho Constitucional. Universidad de Sevilla. Ha coordinado los trabajos de la Comisión 6, que ha elaborado el apartado 6.
José Antonio Montilla Martos . Catedrático de Derecho Constitucional. Universidad de Granada. Ha coordinado los trabajos de la Comisión 5, que ha elaborado el apartado 5.
Baldomero Oliver León. Profesor Titular de Derecho Constitucional. Universidad de Granada. Blanca Rodríguez Ruiz.
Profesora Titular de Derecho Constitucional. Universidad de Sevilla. Ha coordinado los trabajos de la Comisión 3, que ha elaborado el apartado 3.
Fernando Pérez Royo . Catedrático de Derecho Financiero. Universidad de Sevilla.
Javier Pérez Royo . Catedrático de Derecho Constitucional. Universidad de Sevilla. Ha coordinado también los trabajos
de la Comisión 2, que ha elaborado el apartado 2.
José Antonio Pérez Tapias. Profesor Titular de Filosofía. Universidad de Granada.
José Sánchez Maldonado. Catedrático de Hacienda Pública. Universidad de Málaga.