sábado, 27 de abril de 2024
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Begoña López. Jueza, miembro del Secretariado de Jueces para la Democracia

Después de tres años de legislatura caracterizada por la redacción de Proyectos legislativos de reforma de la Justicia que se han perdido en los cajones del Ministerio, realizados con una ausencia absoluta de diálogo, el nombramiento del nuevo Ministro de Justicia supuso una cierta esperanza para la necesaria modernización de la Administración de Justicia, el Sr. Cataláse presentó con espíritu dialogante, sin embargo la realidad ha sido tozuda y ha demostrado que el inmovilismo y falta de interés en la Justicia era una opción política del gobierno.

Durante el año 2015 se han aprobado numerosas Leyes que afectan al Estado de Derecho como la Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley de Seguridad Ciudadana, la Reforma del Código Penal, reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley Orgánica del Poder Judicial y Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, siendo su característica común la ausencia de todo consenso y la inexistencia de cualquier debate, provocando las críticas contundentes de todos los profesionales de la Justicia, incluso con informes contrarios de los órganos consultivos como el Consejo de Estado, el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo Fiscal; siendo finalmente aprobadas con el apoyo exclusivo de la mayoría absoluta del Partido Popular, convirtiendo 2015 en otro año más desperdiciado en la tarea imprescindible de modernizar la Administración de Justicia.

Se ha producido un recorte inadmisible de derechos y libertades de los ciudadanos, por ejemplo, a través de la Ley de Seguridad Ciudadana que no responde a una necesidad real sino que es la proyección de un proyecto político que tiene por objeto criminalizar la protesta y limitar el derecho de manifestación; ante las desigualdades sociales derivadas de los recortes, los ciudadanos han salido a la calle ejerciendo su derecho constitucional, sin embargo con esta ley se pretende limitar este cauce del principio democrático participativo. Pero además se ha utilizado esta Ley para, por el trámite de enmienda parlamentaria presentada por el Grupo Popular, burlando así los dictámenes de los órganos garantes de la observancia de nuestro ordenamiento jurídico: Consejo General del Poder Judicial, Consejo Fiscal y Consejo de Estado, incluir la Disposición Adicional Decima de la Ley de Extranjería en la que se regulan los rechazos en frontera o expulsiones en caliente, figura contraria a la Constitución, la normativa europea y el derecho regional e internacional.

Esta restricción de derechos se completa con la regulación en la LO 1/2015 de 30 de marzo de Reforma del Código Penal del Título referido a los delitos contra el orden público, penalizando conductas como los escraches y la difusión, por cualquier canal, de mensajes u órdenes que inciten a perturbar el orden público o que apoyen "la decisión de perturbar el orden público", que conlleva el riesgo de limitar la libertad de expresión y de reunión pacífica, lo que ha provocado que el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa haya pedido información adicional al Gobierno español sobre este extremo al considerar que es incompatible con las normas internacionales sobre la libertad de expresión y con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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