viernes, 19 de abril de 2024
logo economy journal
< ver número completo: ¿Público o privado?
Redacción

Los servicios públicos locales ¿Gestión pública o privada?

Título de la imagen

Alejandro de Diego Gómez. Secretario de Administración Local

 


Decía la Constitución de Cádiz que el objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen. Nada más cierto, a pesar de que en los últimos tiempos diera la impresión de que estamos ante una frase romántica, cuando no anacrónica. Pero si hay una organización política a la que históricamente se le puede aplicar esa máxima sin temor a equivocarnos es a los Ayuntamientos.


Hace 37 años de las primeras elecciones municipales tras la restauración de la democracia y en aquel entonces los Ayuntamientos hacían lo que podían, ya que prácticamente carecían de medios para poder prestar los servicios más elementales, no sólo de abastecimiento de agua o alcantarillado, sino de asfaltado de caminos, recogida de basuras, e, incluso, en muchos lugares, hasta alumbrado público y otros servicios básicos que a las nuevas generaciones hoy les parecería impensable que alguna vez, en un pasado cercano, no existiesen. Pero con el paso del tiempo, y a grandes zancadas, hemos asistido a la auténtica transformación de nuestro municipalismo, a pesar de su atomización decimonónica, y hoy podemos comprobar cómo en la práctica totalidad de Ayuntamientos de nuestro país están cubiertas las necesidades básicas de su población así como se presta una cantidad ingente, e inimaginable hace unas pocas décadas, de servicios públicos. Y ello a pesar del intento del Gobierno de reducir este abanico, tratando de impedir que los municipios pudieran promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal a través de su ya maltrecha Ley de Reforma Local, después de dos sentencias en contra dictadas por el Tribunal Constitucional.


Según se ha ido avanzando históricamente en la mayor prestación de servicios públicos locales ha ido aumentando la disyuntiva entre si dicha prestación había de ser pública o privada. Lo cierto es que si hoy tenemos el nivel de servicios que tenemos es gracias a la iniciativa pública, ya que sólo la Administración puede garantizar la prestación de éstos servicios públicos y, por lo tanto, la satisfacción de las necesidades de sus vecinos, pues la privada siempre ha mostrado muy escaso interés en aquellos supuestos que tuvieran como contraprestación los llamados "precios sociales", por razones obvias, ya que el sector privado no se caracteriza por ser una ONG sino empresas con ánimo de lucro, que es la base de su existencia. También la iniciativa privada ha manifestado casi siempre muy poca atracción para la implantación de servicios novedosos, los cuales, si no es por la iniciativa pública no se hubieran instaurado. Sin embargo, en contrapartida, el sector público no ha sabido, incluso al día de hoy, deshacerse del yugo de la burocracia en su gestión y la falta de eficiencia y eficacia, en términos generales, en sus resultados.


La búsqueda de la eficiencia has ido un tema de gran interés


Precisamente la búsqueda de la eficiencia en las Administraciones Locales ha sido un tema de gran interés en las distintas reformas impulsadas, la mayoría surgidas como consecuencia de la crisis y que tienen más que ver con las restricciones financieras y presupuestarias que con la calidad y universalidad de los servicios públicos locales a prestar. Así lo establece, entre otras, la propia Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local al decir que las entidades locales podrán ejercer la iniciativa pública para el desarrollo de actividades económicas siempre que esté garantizado el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera del ejercicio de sus competencias, debiendo contener un análisis del mercado relativo a la oferta y a la demanda existente, a la rentabilidad y a los posibles efectos de la actividad local sobre la concurrencia empresarial.


Precisamente la racionalización y evolución del sector público local hacia un modelo más eficaz y eficiente para el desempeño de las competencias que el ordenamiento jurídico otorga a las entidades locales pasa por el estudio y diseño de un mapa municipal acorde a las necesidades demográficas, económicas y sociales actuales y orientado a formas más lógicas de prestación de servicios a los ciudadanos, por cuanto en la inmensa mayoría de los "microayuntamientos" existentes hoy en día la única garante de la prestación mínima de servicios públicos es la Administración Local, porque la infradimensión de estos les priva absolutamente de cualquier interés que pudiera tener para la iniciativa privada, de ahí la importancia que para estos tienen las Diputaciones provinciales, aunque en la actualidad son unas figuras absolutamente mastodónticas y anacrónicas, con una falta evidente de legitimación democrática directa, que obligaría, para su encaje en pleno Siglo XXI, a su transformación y adaptación, pero desde mi punto de vista, y en contra de muchas de las propuestas lanzadas últimamente, nunca a su desaparición o supresión.


Anterior
Siguiente

THE ECONOMY JOURNAL

Ronda Universitat 12, 7ª Planta -08007 Barcelona
Tlf (34) 93 301 05 12
Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al tomo 39.480,
folio 12, hoja B347324, Inscripcion 1

THE ECONOMY JOURNAL ALL RIGHTS RESERVED

THE ECONOMY JOURNAL

THE ECONOMY JOURNAL ALL RIGHTS RESERVED

Aviso legal - Política de Cookies - Política de Privacidad - Configuración de cookies

CLABE