viernes, 26 de abril de 2024
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Gorka Moreno Márquez. Profesor en la Universidad del País Vasco

 

El Estado del Bienestar se ha sustentado en un contrato social y en una visión de la sociedad en la que se entendía que la pobreza y las necesidades sociales no cubiertas son problemáticas de carácter estructural y, como tal, la respuesta también tiene que ser estructural y colectiva. De esta forma, las políticas sociales se basan en la solidaridad social y en la aceptación de la necesidad de atenuar los factores exclusógenos del sistema económico a través de la responsabilidad social y colectiva.

Sin embargo, en los últimos años en la mayoría de los modelos de Estado del Bienestar se han puesto en duda algunas de estas ideas, sobre todo a través de la activación, que de facto está suponiendo una reconfiguración de los Estados del Bienestar, tanto a nivel normativo como operativo. La activación plantea y hace hincapié en la necesidad -rápida- de acceder al mercado laboral de aquellas personas que perciben prestaciones económicas o algún tipo de ayuda social. Para ello establece, entre otras, sanciones y mecanismos coercitivos dentro de los programas de protección social. A la par, en la mayoría de los casos se han dado recortes en las cuantías de dichas prestaciones.

Del welfare al workfare
De esta forma, se está dando una especie de tránsito del modelo clásico del welfare hacia el workfare -welfare to work- y en el que el acceso al empleo se convierte en el eje de las políticas públicas. Este cambio no es tan sólo semántico, ya que en gran medida también se está dando una relectura del contrato social del Estado del Bienestar y del sustento ideológico del mismo. Así, frente a la visión basada en la solidaridad y la responsabilidad social frente a la pobreza y la exclusión social que deviene en la provisión de ciertos derechos sociales; el modelo de activación incide en mayor medida en la responsabilidad individual de la persona afectada y por lo tanto en la respuesta de ésta a la situación que vive, poniendo mayor énfasis en el aspecto contractual, de tal forma que la persona perceptora de la prestación tiene una serie de derechos pero también unas obligaciones con respecto a la sociedad y a la ayuda que ésta le ofrece. De esta forma, las prestaciones sociales se deben ganar, se tienen que merecer.
Esta mutación tiene claras implicaciones en la gestión y la manera de entender las políticas sociales y el Estado del Bienestar en su conjunto, ya que sitúa el núcleo normativo y práctico en otras coordenadas del debate. Por citar algún ejemplo, de una visión en la que se destaca la falta de empleo -elemento estructural y social- se transita hacia otra en el que se subraya la falta de empleabilidad -elemento individual-. De igual forma, de una perspectiva centrada en la protección frente al riesgo y la inseguridad -social, colectivo- se pasa a otra en la que toman fuerza las capacidades de adaptación al cambio -individual-. Emerge así una nueva concepción de Estado del Bienestar basado en la responsabilidad individual, las capacidades, la adaptación y las competencias personales, frente al modelo de responsabilidad colectiva, basada en la solidaridad y en un análisis estructural y social de las problemáticas asociadas al bienestar y a una vida digna.

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