viernes, 26 de abril de 2024
logo economy journal
< ver número completo: Resumen 2018
José Luis Meilán Gil

​Nacionalismo y populismo en España

​Catedrático de Derecho administrativo.

Nacionalismo y Populismo son dos cuestiones que han cobrado interés general en esta etapa de la historia, caracterizada por la globalización. Los términos y su realización no responden siempre a una misma realidad. No parece que el nacionalismo de Trump, America First, se identifique con el del Partido nacionalista escocés o el Nacionalismo quebequés. Lo mismo sucede con el populismo: no es identificableel Frente Nacional de Le Pen con el Movimiento 5 Estrellas en Italia o la coalición Syriza en Grecia. Los fenómenos de esa naturaleza pueden tener algo en común, pero su explicación depende de las circunstancias características de los Estados, incluida su historia y su configuración jurídica.


Lluis companys


Por lo que se refiere a la realidad actual de España, un partido nacionalista (PNV) gobierna en el País Vasco y el nacionalismo en Cataluña ha desembocado en un intento separatista. Expresión del populismo es el fenómeno Podemos y sus concordancias, “En Comú, Compromis, En Marea, la tercera fuerza política, con presencia parlamentaria y en gobiernos autonómicos y locales. Nacionalismo y populismo en España tienen un recorrido diferente aunque pueden coincidir, como en Cataluña, en el “derecho a decidir”. El primero se basa en un relato histórico que ha ido conformando una identidad propia diferenciada del resto del Estado. El segundo es de aparición reciente, nacido al amparo de la crisis económico-financiera, con inspiración teórica en el populismo latino-americano y un aggiornamento de la estrategia del antiguo partido comunista, como ha dejado escrito su líder, Pablo Iglesias.


El relato tiene características propias en los distintos nacionalismos. El vasco entronca con los fueros medievales, anteriores a la aceptación de la idea de soberanía, con elementos importados del Volkgeist como la ponderación de una lengua propia, tradiciones culturales y la raigambre en el país. La abolición de los fueros quedó compensada en el siglo XIX por los conciertos económicos de cada una de las Provincias Vascongadas con el Estado, una singularidad “confederal”. Esos derechos históricos han sido respetados en una disposición adicional de la Constitución de1978. 


El carácter pactista se manifiesta en la reforma del Estatuto del País Vasco que se proyecta, después de la intentada en 2005 para configurar la Comunidad de Euskadi como una especie de Estado asociado, rechazada por el Congreso de los Diputados.


El relato del nacionalismo catalán utiliza el frustrado intento de separación de la Corona en 1640, la rebelión dels Segadors, así como la promovida en la guerra de sucesión que terminó con la rendición de Barcelona en 1714,otra fecha mítica. En el siglo XIX en la onda de la Renaixensa, con su exaltación de la lengua, se conformará el catalanismo, generándose un auto reconocimiento del superior desarrollo de Cataluña respecto del resto de España. Frente al centralismo del Estado, se exponen “agravios”, llegándose a hablar en alguna de las Asambleas de un estat catalá dentro de la Monarquía española.


El nacionalismo catalán eclosiona con la proclamación de la República. Con su advenimiento el 14 de abril de 1931 Macià, presidente de la Generalitat, proclamó el “Estado catalán” dentro de una federación ibérica. El asunto se atajó amigablemente con la garantía de cumplir el compromiso de un Estatuto de autonomía. Para ello, la Constitución de 1931 adoptó la fórmula inédita de “un Estado integral, compatible con la autonomía de los municipios y regiones”.


Durante su vigencia además del Estatuto de Cataluña, fueron aprobados el del País Vasco e in extremis, sin vigencia efectiva, el de Galicia. 


En 1934 con motivo de la entrada en el gobierno de ministros de la confederación derechista (CEDA) el President Companys declaró la independencia de Cataluña que duró unas horas por la pronta acción militar. La guerra civil y el régimen político subsiguiente terminaron con la autonomía catalana. Cuarenta años después, en el primer gobierno de la instaurada Monarquía presidido por Adolfo Suárez, se restauró provisionalmente la Generalitat con el reconocimiento del honorable Tarradellas, que la había presidido en el exilio.


Con ese panorama, el panorama hubo de elaborarse por consenso la Constitución de 1978. Por lo que se refiere a la estructura del Estado, el rechazo al régimen anterior se identificó con el del centralismo al reconocer el derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones, “dentro de la indisoluble unidad de la Nación española”.No es cuestión de detallar lo que he denominado “el itinerario desviado del Estado autonómico” que va desde la generalización uniforme de las autonomías en el anteproyecto, a lo aprobado por la ponencia, el Parlamento y en referéndum por los ciudadanos. Dentro de la generalidad se reconoce una singularidad a los territorios que habían aprobado sus estatutos en el pasado, abierta a otros que superasen un exigente procedimiento que solo consiguió Andalucía de un modo constitucionalmente discutible. Servía para afrontar el problema catalán sin que pareciese un privilegio. 


La singularidad consistía fundamentalmente en que se contaría con una Asamblea Legislativa, un Consejo de Gobierno y un Tribunal Superior de Justicia, las instituciones que habían configurado la Generalitat.La Constitución de 1978 fue ampliamente aprobada en Cataluña.


El consenso constitucional se rompió en 1981, aunque no suele destacarse, con el acuerdo de Calvo Sotelo, el nuevo Presidente del Gobierno por dimisión de Adolfo Suárez, y el PSOE de Felipe González, de uniformar todas las autonomías, contando para ello con el respaldo doctrinal de una notable Comisión de expertos. La ley orgánica de armonización autonómica, recurrida por la Generalitat, fue declarada inconstitucional por una cuestión de competencias, pero la uniformidad ha permanecido. No ha de descartarse en sus patrocinadores la convicción de que esa generalización permitiría diluir el problema catalán.


A la ayuda del Convergencia i Unió, un nacionalismo de centro liderado por Pujol, han acudido gobiernos socialistas y del Partido Popular para conseguir mayorías parlamentarias, con las consiguientes compensaciones. Un momento significativo de la deriva seguida fue el gobierno de coalición entre los socialistas (PSC) y Esquerra Republicana (ERC). 


En plena campaña de las elecciones generales, a finales de 2003, Rodríguez Zapatero, que llegaría a ser presidente del gobierno, prometió respaldar la reforma del Estatuto catalán que se propusiese. 


El proyecto después de una serie de retoques fue aprobado por las Cortes Generales, ratificado en referéndum del pueblo de Cataluña y sancionado por el Rey en 2006.Previamente recurrido por el PP, el Tribunal Constitucional en 2010 dictó una sentencia que ha constituido un “agravio” para los nacionalistas al contraponer la competencia del Tribunal con la legitimidad “soberana” del pueblo. Ya no era suficiente que se reconociese “la realidad nacional de Cataluña como nacionalidad”, un términono definido en la Constitución, pero que en los debates parlamentarios intervinientes concretaron que es “nación sin Estado”, con fundamentación teórica que no es del caso.


A partir de entonces se fue fraguando un clima de creciente “desapego”. Se produjeron cambios importantes en el nacionalismo: CiU desapareció, su sucesor el PDdeCAT, con Artur Mas se pasó claramente al independentismo compitiendo con ERC que había incrementado su importancia. El nacionalismo tiende a constituir un adversario, ante el cual cultivar unaidentidad diferenciada, “no nos comprenden”, y formular agravios; sentimiento de desafeccióny reivindicación económica. Ambos se han manifestado en la frustración de que se reconociese a Cataluña algo equivalente al concierto económico que la Constitución ampara para el País Vasco. El “España nos roba” es muy expresivo de la citada actitud.


La declaración unilateral de independencia formulada por una mayoría parlamentaria fue la culminación de un procés que tuvo como antecedentes en 2014 la celebración de una pretendida consulta popular anulada por el Tribunal Constitucional y la aprobación en 2017 de dos leyes para la celebración de un referéndum sobre la secesión y para tramitar la desconexión en el caso de que el resultado fuese positivo. Aquel se celebró el 1 de octubre de 2017 en contra de la resolución del Tribunal Constitucional y sin las garantías propias de un referéndum. La declaración unilateral de independencia y toda la actividad conducida para ello, al atentar gravemente al interés de España, justificó que en aplicación del artículo 155 de la Constitución el Gobierno, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, cesara al de la Generalitat haciéndose cargo del mismo y convocara elecciones en Cataluña. Celebradas el 21 de diciembre de 2017, se repitió la mayoría absoluta en el Parlament de los nacionalistas también con una variedad populista “antisistema”, la Candidatura de Unidad Popular (CUP).


En el momento en que se escribe existe un impasse. El expresident Puigdemont, líder de la lista Junts per Catalunya tras el relevo forzado de Artur Más, propuesto como candidato permanece en Bélgica con una orden de busca y captura y el Tribunal constitucional, en un recurso presentado por el Gobierno, ha resuelto que debe presentarse al Juez para ser investido, lo que no ha ocurrido.


Como balance de situación puede resumirse quela aplicación del artículo 151 hace imposible la independencia de Cataluña en un futuro. 


El intento independentista no tiene cabida en la Constitución, que no permite un referendo vinculante para decidir sobre la secesión, y la autodeterminación está excluida. No está respaldado por la mayoría de los catalanes, ni tampoco internacionalmente aunque lo haya procurado; ha producido una fractura en la sociedad catalana y un distanciamiento del resto de España; ha provocado la salida de numerosas empresas de Cataluña, afectado negativamente a expectativas económicas y, en definitiva, erosionado la viabilidad de un nacionalismo constitucional.Ha consistido en una deslealtad constitucional, como hubo de reconocer el Rey en una inusual declaración televisiva el 3 de octubre, después del fraudulento referendo del día 1, de impacto internacional negativo para la imagen de España.


La existencia de un 47% de votantes que apoyaron a los secesionistas en su desafío indica que subsiste un problema político. 


En la situación de excepcionalidad constitucional de este momento no parece viable la procura de lo que se ha llamado un nuevo “encaje” de Cataluña en la Constitución. Sobre ello, aisladamente o con una reforma de carácter general, se han pronunciado valiosos colegas. Personalmente, a comienzos de 2015 propuse, en línea con un “padre” de la Constitución, la mínima reforma consistente en reconvertir en adicional la disposición transitoria segunda de la Constitución, un soporte jurídico para modificar el Estatuto vigente. De entrada, quedaría reconocido como constitucional “el reconocimiento de una posición singular de la Generalitat en relación con el derecho civil, la lengua, la cultura, la proyección de estas en el ámbito educativo y el sistema institucional en que se organiza la Generalitat”, como decía un artículo anulado por el Tribunal Constitucional. Singularidad que, como es lógico, ha de ser compatible con los derechos fundamentales de todos los españoles. En definitiva, un compás de espera, entre el conllevar de Ortega y la búsqueda de soluciones, el para siempre no existe en la política, como contrapuso Azaña en un famoso debate parlamentario.

Anterior
Siguiente

THE ECONOMY JOURNAL

Ronda Universitat 12, 7ª Planta -08007 Barcelona
Tlf (34) 93 301 05 12
Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al tomo 39.480,
folio 12, hoja B347324, Inscripcion 1

THE ECONOMY JOURNAL ALL RIGHTS RESERVED

THE ECONOMY JOURNAL

THE ECONOMY JOURNAL ALL RIGHTS RESERVED

Aviso legal - Política de Cookies - Política de Privacidad - Configuración de cookies

CLABE