viernes, 29 de marzo de 2024
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Redacción

Acuerdo Transatlántico sobre Comercio e Inversión (ATCI o TTIP)

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El inicio oficial de negociaciones del Acuerdo Transatlántico sobre Comercio e Inversión (ATCI) o, como más usualmente es conocido, Transatlantic Trade and Investment Partnership (TTIP) -si bien se ha usado también el nombre Trans-Atlantic Free Trade Agreement (TAFTA)- se produjo en junio de 2013, y desde entonces se han realizado nueve rondas de negociaciones, la última de las cuales tuvo lugar en Nueva York entre el 20 y el 24 de abril, mientras que la próxima se hará en Bruselas antes del verano.

Pero el origen de este tratado no es tan reciente, debiéndonos remontar a noviembre de 1990 con la "Declaración Transatlántica", en la cual se instauraron cumbres entre la Unión Europea y Estados Unidos para promover el libre comercio, y a partir de ese momento se han ido sucediendo diferentes proyectos, declaraciones, reuniones ministeriales, etc., que fueron perfilando la declaración formal anunciada el 13 de febrero de 2013 por el presidente estadounidense Barack Obama, el presidente de la Comisión Europea, José Manuel Durao Barroso y el presidente del Consejo Europeo, Herman Van Rompuy, como el lanzamiento de acciones orientadas a iniciar negociaciones para un Acuerdo Transatlántico sobre Comercio e Inversión (ATCI).

Esta pequeña introducción histórica es necesaria tenerla en cuenta para ayudarnos a comprender la conducta que los participantes en las negociaciones han mantenido durante todo el proceso, en orden a la ocultación de los aspectos más relevantes de los temas sobre los que iba a versar, puesto que hasta hace muy poco el gran público no ha tenido en sus manos los datos mínimos para valorar y tomar conciencia de lo trascendente que supondrá para sus vidas un tratado destinado exclusivamente a proteger las compañías transnacionales. En este sentido, es significativo que durante mucho tiempo los documentos de trabajo, los informes objetivos y las propuestas se han elaborado y negociado en secreto, y no es hasta hace escasos meses que se han ido desclasificando dichos documentos, aunque siempre con mucho retraso respecto del momento en que se elaboran, salvo las declaraciones formales que se hacen públicas al final de cada ronda de negociaciones.

Pertinaz secretismo


Tal es el grado de secretismo impuesto que en mayo de 2014 se desestimó por el Pleno del Congreso de los Diputados, con los votos del PP, PSOE, CiU y UPyD, una moción sobre el proyecto del TTIP que conminaba al Gobierno a rechazarlo, así como de recabar a la ciudadanía la opinión sobre el contenido del tratado y que en todo caso se promoviera un referéndum para su ratificación. A continuación, el 9 de julio de 2014 el Secretario de Estado de Comercio, Sr. García-Legaz, informó a la Comisión de Economía y Competitividad sobre el desarrollo de las rondas de negociaciones, destacando entre otras cuestiones que la negociación se estaba llevando a cabo por la Comisión Europea en el marco de "la política atribuida por los tratados europeos en exclusiva a la Comisión Europea, por lo que el papel que tienen los Estados miembros es limitado", añadiendo que "solo a través del TTIP podemos conseguir que prevalezcan los valores que compartimos: la primacía del derecho, el respeto a la legalidad, la apertura económica y, a la vez, la protección de los consumidores y de los derechos laborales".

En cuanto al contenido mismo del tratado, su crítica no se agota con una mera llamada de atención a la protección de los derechos de las personas y de los ciudadanos de la Unión Europea, como consumidores o como trabajadores, sino que es preciso analizar en conjunto las consecuencias que pueden derivarse del mismo en todos los órdenes, tarea que excedería en mucho del contenido de esta aportación. Ahora bien, no por ello debemos de obviar unas breves y concretas puntualizaciones.

En primer lugar, siendo el objetivo declarado del tratado "eliminar las barreras comerciales entre los Estados Unidos y la Unión Europea (suprimir aranceles, normativa innecesaria, restricciones a la inversión, etc.) y simplificar la compraventa de bienes y servicios entre estos dos espacios", su promulgación implicará necesariamente regular, entre otros, aspectos relacionados con los estándares técnicos de productos en el mercado, la ausencia de sanciones contra los abusos en aras al "desarrollo sostenible", la privatización de servicios públicos o la pérdida de confidencialidad de los datos personales.

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