jueves, 28 de marzo de 2024
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Manuel Clavero Arévalo

Ex- político, abogado y catedrático de Derecho Administrativo. Ejerció la docencia, hasta su jubilación, como catedrático de Derecho Administrativo en las universidades de Salamanca y Sevilla. En la universidad sevillana, fue Decano de la Facultad de Derecho y Rector  en las primeras elecciones democráticas que hubo en la universidad sevillana. Entre los alumnos a los que ha impartido docencia destacan los ex-presidentes de gobierno Adolfo Suárez y Felipe González. En 1977 fue nombrado por el presidente Adolfo Suárez ministro Adjunto para las Regiones hasta el año 1979. En dicha etapa tomó parte muy activa en el diseño y composición del actual Estado de las Autonomías. Posteriormente fue Ministro de Cultura.




En la visita del Presidente Mas al Presidente Rajoy, aquél le pidió a éste el llamado pacto fiscal, un sistema fiscal equivalente al del País Vasco y Navarra. El Presidente Mas ante la negativa del Presidente Rajoy, le dijo que se atuviera a las consecuencias y una de ellas fue la disolución del Parlament y la convocatoria de las elecciones del 25 de noviembre.

Por su parte, el Partido Socialista de Cataluña de manera precipitada, ha defendido el federalismo, lo que ha sido bien acogido por los demás Partidos Socialistas. En España ha existido una Constitución federal que fue la de la Primera República de 1873 que duró muy poco y que degeneró en un cantonalismo. La Constitución enumeraba los Estados federados que eran los de Andalucía Alta, Andalucía Baja, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Cataluña, Cuba, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, Puerto Rico, Valencia y Regiones Vascongadas. Si prescindimos de Cuba y Puerto Rico, serían 15 Estados y son las 17 Comunidades Autónomas actuales. No están en la Constitución federal ni Rioja ni Cantabria. Al Estado Federal se le atribuían 23 competencias. Los Estados federados podrían darse su constitución política respetando la Constitución. Por lo demás el federalismo de la Constitución de 1873 era simétrico y había un Senado siendo sus miembros elegidos por los Estados federados en número de cuatro por cada Estado.
Una gran diferencia entre la Constitución de 1873 y las otras dos Constituciones que en España han consagrado el derecho a la autonomía, que son las de 1931 y 1978, es la de que en la de 1873, los Estados venían determinados en la Constitución, mientras que en las otras dos, las Regiones,en la de 1931 y las Comunidades autónomas en la de 1978, no venían consagradas en la Constitución sino solo el derecho a constituirse en Regiones autónomas o en Comunidades autónomas, por lo que al promulgarse la Constitución no se sabía el número de las que iban a existir. También en la de 1873 existía un Senado igualitario en su composición, en la de 1931 no había Senado y en la de 1978, el Senado no se compone exclusivamente por los representantes de las Comunidades autónomas, ni el número de senadores es igual para todas las Comunidades autónomas.

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