jueves, 18 de abril de 2024
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Redacción

 Valoración de la Ley de Dependencia a la que la crisis económica pilla con el paso cambiado

 

Guillem Lopez i Casasnovas. Catedrático de Economía Pública de la Universidad Pompeu Fabra y miembro de la Comisión que evaluó la Ley de Autonomía y Dependencia, solicitada por el Congreso de Diputados en el 2008

 
La entrada en vigor de la conocida como Ley de Dependencia, o para ser más precisos, la Ley 2006 "de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia" (LAPAD), por su importancia en el bienestar comunitario, ofrece dudas acerca de la virtualidad de su aplicación concreta, hoy en el limbo de lo injusto
 

No cuestiono tanto con ello la lógica de la Ley como la previsión de la situación que alberga y el modo en que se ha querido implantar. En resumen, puede argumentarse que se trata de una ordenación fuera de tiempo social, bajo parámetros culturales y filosóficos cuestionables (por ejemplo, penalizando el ahorro para aquellos a quienes la ley determina un mayor copago); fuera de tiempo económico (al diseñarse desde el optimismo de una fase álgida del ciclo que tenía tanto de extraordinaria como de irreplicable), y no habiendo regularizado su sostenibilidad de acuerdo con el ciclo medio de la economía española.

Además, en cierto modo, "copia a destiempo", al impulsar la oferta burocratizada de servicios, con fuertes dosis de corporativismo público, cuando algunos países migran ya hacia presupuestos personales, con más apoderamiento a favor de sus beneficiarios, identificación de gestores de casos y combinaciones más flexibles en oferta de servicios. Y todo ello cuando los estudios están recuperando en determinados países (en Gran Bretaña, ya en la última etapa laborista) las posibilidades de un aseguramiento regulado, obligatorio más allá de una cierta edad, y con elección de proveedores entre agentes públicos y privados. En este marco, la prestación económica contra factura de servicios libremente elegida tiende a reencontrar su papel frente a una prestación económica incondicionada de unos pocos euros. A la vez, en prestación de servicios las ofertas asistenciales compiten más en atraer usuarios que en arrimarse al financiador público en su búsqueda de conciertos estables a tarifas no eficientes, de coste completo, y sin apenas aportaciones de usuarios directas al proveedor.

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